Indigenas Triquis de Oaxaca - EL DERECHO TRIQUI DE XUMAN LI EN EL MEDIO URBANO
Justicia: EL DERECHO TRIQUI DE XUMAN LI EN EL MEDIO URBANO Cultura y Tradiciones Triqui
Enviado el Viernes, 01 abril a las 20:25:01 por Triquis   
EL DERECHO TRIQUI DE XUMAN LI EN EL MEDIO URBANO

Por: Zósimo Ortega González / Indígena Triqui

La migración es un problema social que afecta gravemente a nuestro país. Conocidas son sus causas: la pobreza extrema, baja producción de la tierra, educación, falta de oportunidades, y así podemos ennumerar muchas más. Algo preocupante, es que los pueblos indígenas, emigran cada vez con mayor frecuencia. En el caso de la comunidad triqui Santo Domingo del Estado Putla de Guerrero, Oaxaca, conocida entre las comunidades triquis como XUMAN LI (pueblo pequeño) o RUKU (detrás de la montaña), el 49% de su población total se encuentra en la ciudad de México y su zona conurbada, dejando una comunidad de mujeres y hombres adultos. Afortunadamente, el sistema jurídico de la comunidad, se ha respetado aún fuera del lugar de origen, alcanzando su competencia entre triquis en la misma ciudad y, a través de estas leyes, se esta logrando el desarrollo de la comunidad, si bien es cierto de manera lenta. Pero, aún alejados de las arcas gubernamentales, se sostiene toda una comunidad.



EL DERECHO TRIQUI DE XUMAN LI EN EL MEDIO URBANO

Jun/2001

Revista Crítica Jurídica – Nº 18

EL DERECHO TRIQUI DE XUMAN LI EN EL MEDIO URBANO

Por: Zósimo Ortega González

En la Ciudad de México y la zona conurbada de ésta, existe un número importante de hermanos indígenas provenientes de todas partes del país, tales como nahuas, mixtecos, zapotecos, huicholes, otomíes, mixes, mazahuas, purepechas, triquis, entre otros con diferentes formas de organización y visión en todos los aspectos, y en el tema que en este caso abordaremos, la cuestión jurídica.

La migración es un problema social que afecta gravemente a nuestro país. Conocidas son sus causas: la pobreza extrema, baja producción de la tierra, educación, falta de oportunidades, y así podemos ennumerar muchas más. Algo preocupante, es que los pueblos indígenas, emigran cada vez con mayor frecuencia. En el caso de la comunidad triqui Santo Domingo del Estado Putla de Guerrero, Oaxaca, conocida entre las comunidades triquis como XUMAN LI (pueblo pequeño) o RUKU (detrás de la montaña), el 49% de su población total se encuentra en la ciudad de México y su zona conurbada, dejando una comunidad de mujeres y hombres adultos. Afortunadamente, el sistema jurídico de la comunidad, se ha respetado aún fuera del lugar de origen, alcanzando su competencia entre triquis en la misma ciudad y, a través de estas leyes, se esta logrando el desarrollo de la comunidad, si bien es cierto de manera lenta. Pero, aún alejados de las arcas gubernamentales, se sostiene toda una comunidad.

La clave de este vínculo es el tequio urbano para la comunidad migrante. Antes de continuar, es necesario aclarar lo que es el tequio. Consiste en la prestación de un servicio no remunerado para la comunidad, de forma obligatoria, con el previo acuerdo de todos en la asamblea general del lugar de origen. Ahí mismo se acuerda la cooperación económica que tendrán que aportar los triquis de Xuman lí que viven en el medio urbano, valorando el trabajo que desarrollaran, mismo que será ocupado para comprar materiales de construcción y será utilizado para remodelación de la escuela primaria (máximo centro educativo de la comunidad), casa de salud comunitaria, local del molino de nixtamal, construcción de alguna calle, remodelación de lugares sagrados, cooperaciones para las fiestas religiosas de Xuman Lí. Y así como existe una obligación, existen derechos sobre la tierra, aún viviendo en la ciudad, siempre y cuando se cumpla con lo anterior.

Los triquis en el medio urbano, nos hemos cuidado de incurrir en posibles infracciones penales, civiles; pero, a pesar de múltiples esfuerzos, con la sociedad no indígena hemos enfrentado problemas. Para esto las autoridades municipales de nuestra comunidad de origen, se dieron a la tarea de crear la figura de “Representación de los radicados de la comunidad Xuman li en México “Si nika suun maca” (las personas que tienen cargo en México), mismos que tienen las facultades amplias de recolectar las cooperaciones económicas, de informar a todos sobre la situación de la comunidad, y lo que no puede faltar en esta representación es el papel de conciliador en los conflictos jurídicos que se suscitan entre hermanos triquis de la misma comunidad.

Este papel a sido muy importante toda vez que evita los trámites excesivos de los juzgados, ministerios públicos o detenciones de la polícia municipal, como así también los gastos económicos. El criterio que se utiliza para la conciliación, es el de la comunidad. En ocasiones es necesaria la participación de algunas personas, que en la lengua se le denomina “si nica chree naa (gente que tiene el conocimiento ancestral), para orientar al representante, y para que su conciliación no vaya a ser desigual.

Algunas veces, las partes solicitan la participación de conciliadores de la comunidad, y para esto ellos solventan los gastos de traslado y viáticos de estas personas, o, en otros casos, acuerdan resolver su situación jurídica ante las autoridades de la comunidad de origen. También lo que se a visto actualmente, es que acuden ante autoridades públicas de la ciudad. Pero se han visto envueltos en una serie de corruptelas y otras cuestiones donde prácticamente, quien sale ganando, es la autoridad pública, sin resolver ni dejar satisfecha a las partes.

Normalmente, los casos son de carácter familiar; abandono de hogar, lesiones, amenazas, difamación, deudas económicas, que, por lo regular, se han resuelto satisfactoriamente, aunque algunos, con los pocos conocimientos que han adquirido del derecho positivo mexicano, lo han utilizado para atentar contra el espíritu de nuestro sistema jurídico de la comunidad en México.

Ya para concluir, es necesario hacer una crítica también a nuestras leyes. Existe la necesidad de ir actualizando nuestra normatividad, pero esto se tendrá que dar en la comunidad misma, para que repercuta en la ciudad. Sin embargo, es necesario conservar algunas existentes como es el tequio, que para los juristas, y para la *

*Abogado triqui , originario de Xuman lí, radicado en la zona conurbada de México.

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misma Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, es anticonstitucional. Pero esto ha permitido la sobrevivencia de los pueblos indígenas de México.


 
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